Espacios. Vol. 3 (1) 1982. Pág 5

Información tecnológica para la integración andina

Gustavo Flores


III. PROGRAMA PARA EL ESTABLECIMIENTO PROGRESIVO DEL SISTEMA ANDINO DE INFORMACIÓN TECNOLOGICA.

Una vez concebida la estructura y forma de operación del Sistema, así como diseñados los órganos directivos del mismo, fue necesario preguntarse sobre la viabilidad de constituirlo con base exclusivamente de los esfuerzos internos de los Países Miembros o, si sería necesario activar su establecimiento mediante el diseño de un programa conjunto de actividades, que serían ejecutadas coordinadamente por las distintas unidades operativas de los Países Miembros, que sean designadas para integrar las redes especializadas y las redes sectoriales del Sistema.

Luego de efectuar diversas consultas con los expertos de la Subregión, se optó por la segunda alternativa y se propuso una estrategia progresiva para el establecimiento del Sistema, a través de la ejecución de un Programa, en cuya primera etapa, se ha incluido nueve proyectos orientados a ensayar metodologías operativas, capacitar personal y diseñar flujos para la transmisión de información.

No se puede pretender, que durante la primera etapa del Programa se resolverán todas las dificultades existentes; en consecuencia, los proyectos incluidos han sido diseñados de modo que se vayan logrando, en forma gradual, algunas metas significativas para el proceso de integración subregional.

Los proyectos buscan de ir más allá de la simple cooperación entre las instituciones participantes y tratan de progresar hasta alcanzar metas de integración permanente. Es decir, adoptar modalidades de operación que incluyan la consideración, por parte de los Países Miembros, de que todas las instituciones participantes en el Sistema pertenecen por igual a todos y cada uno de los países andinos y, en consecuencia, la disponibilidad de información que exista a nivel subregional deberá ser accesible a todos ellos.

Este concepto multiplica la utilidad de la información que se encuentre disponible dentro del Sistema, a la vez que garantiza que en breve plazo, todos los países integrantes de la Subregión podrán alcanzar un nivel similar en el manejo, la cantidad y calidad de la información que tengan disponible. Más adelante se podrán alcanzar metas significativas al incrementar en forma conjunta la capacidad para acopiar, clasificar y difundir información técnica dentro de la Subregión. La modalidad escogida para la ejecución de los proyectos permitirá ensayar formas de operación que garanticen que cuando el Sistema alcance su plena operación, no será necesario que la información se encuentre físicamente en cada unidad operativa del Sistema, sino que su disponibilidad en alguna de dichas unidades deberá considerarse como suficiente para garantizar su utilización en el caso de que cualquier usuario del territorio subregional la requiera.

Los proyectos contenidos en el Programa para el establecimiento progresivo del Sistema Andino de Información Tecnológica han sido diseñados de modo que se pueda asegurar cierta independencia en la ejecución de los mismos, dado que las instituciones participantes en cada uno de ellos son diferentes. Mediante este procedimiento, se asegura que el Sistema iniciará sus operaciones en forma paralela en cada uno de los subsistemas previstos, sin que eventuales retrasos en alguno de ellos afecte el normal desenvolvimiento de los otros. De esta forma, el Sistema se irá constituyendo a través de la interrelación permanente de instituciones y personas que requieran de dichos conocimientos para incorporarlos en la actividad productiva de bienes, de prestación de servicios o para el desarrollo tecnológico.

Con base en la Exposición de Motivos que presentó la Junta del Acuerdo de Cartagena a la Comisión, órgano comunitario de decisión del proceso de integración, al presentar la Propuesta para la creación del Sistema Andino de Información Tecnológica, pasamos a describir de manera sucinta los objetivos y acciones previstas en los proyectos contenidos en el Programa para su establecimiento progresivo.

Proyecto I: Intercambio de información sobre inversiones extranjeras directas.

Está orientado a establecer un mecanismo permanente de intercambio de información sobre inversiones extranjeras, subregionales y de capital neutro en los países andinos, que permita reforzar la capacidad de negociación de los Países Miembros frente a los inversionistas extranjeros y que asegure una aplicación coherente de la Decisión 24 en beneficio de la Subregión.

El Proyecto consistirá en el desarrollo de una serie de actividades conjuntas a realizarse por los Organismos Nacionales Competentes de cada uno de los Países Miembros, quienes se comprometen a intercambiar formatos con información de cada una de las solicitudes de inversión extranjera tramitadas en cada país y a realizar evaluaciones constantes de dicha información.

Se incluyen actividades de capacitación de funcionarios a través de seminarios y pasantías.

La coordinación del Proyecto se asegura a través del Comité Coordinador de la Red de Información sobre inversiones extranjeras. Se ha previsto una duración de 36 meses para este Proyecto, después del cual el mecanismo que se ensaye continuará operando en forma permanente.

Proyecto II: Intercambio de información sobre precios internacionales.

El Proyecto está orientado al desarrollo de mecanismos nacionales de información sobre precios internacionales, en los países de la Subregión en que todavía no existen; y a implementar un mecanismo permanente de intercambio de información a nivel subregional. En vista que actualmente sólo existe un trabajo sistemático al respecto en la División de Precios Internacionales del INCOMEX, en Colombia, y en la Dirección General de Aduanas, en Perú, se considera que dicha experiencia puede ser aprovechada para que a través de programas de cooperación horizontal con los otros países andinos, se pueda crear la infraestructura necesaria y capacitar al personal requerido para ejercer dichas funciones. Para la realización del Proyecto los países deberán designar sus respectivos organismos encargados de dicha función, e incorporar como representantes en el Comité Coordinador a los Jefes de dichos organismos.

Se estudiará y propondrá la ejecución de Proyectos Pilotos en algunas ramas industriales, así como una metodología para la fijación de precios normales que sería aplicada en todos los Organismos Nacionales. Paralelamente se establecerán los mecanismos de intercambio de información a nivel subregional.

Se incluyen actividades de capacitación de funcionarios a través de la realización de seminarios y pasantías.

Se ha previsto una duración de 36 meses para el Proyecto, después de lo cual el mecanismo que se implementa continuará operando.

Proyecto III: Intercambio de información sobre contratos de transferencia de tecnología.

Este proyecto está orientado a crear un mecanismo permanente de intercambio de información contenida en los contratos de transferencia de tecnología autorizados por los países de la Subregión, con el fin de lograr una aplicación armónica de las disposiciones contenidas en la Decisión 24 y reforzar la capacidad de negociación de las empresas locales frente a los proveedores de tecnología. El Proyecto consistirá en el desarrollo de una serie de actividades conjuntas a realizarse por los Organismos Nacionales Competentes, de cada uno de los Países Miembros, que se comprometerán a intercambiar información sobre cada uno de los contratos aprobados. Dicha información estará contenida en formatos que serán previamente diseñados, de modo que se garantice un nivel homogéneo de los datos suministrados por cada país.

A partir de dicha información se realizarán estudios sectoriales sobre las condiciones de la comercialización de tecnología por ramas industriales, cuyos resultados serán puestos a consideración de los Países.

Se incluye, además, actividades de capacitación de funcionarios de los organismos respectivos a través de la realización de seminarios y pasantías. La coordinación del proyecto será realizada por el Comité Coordinador de la red de información sobre transferencia de tecnología.

Se ha previsto una duración de 36 meses para este proyecto, después del cual el mecanismo que se implemente en forma provisional adoptará una forma permanente de operación.

Proyecto IV: Intercambio de información sobre solicitudes de patentes y marcas.

El Proyecto se orienta a proponer y experimentar un mecanismo de intercambio de información sobre las patentes, marcas, modelos y dibujos industriales concedidos o denegados en la Subregión, con el objeto de mejorar la capacidad de examen de las solicitudes presentadas y procurar un beneficio real para los países de las funciones que desarrollan las Oficinas de Propiedad Industrial. Las actividades consistirán en el intercambio periódico de información, contenida en formatos especialmente diseñados para tal efecto, entre las oficinas de Propiedad Industrial de los Países Miembros. A partir de dicha información se evaluará la aplicación de la Decisión 85 a nivel subregional y se procederá a proponer una modalidad de utilización del contenido de los conocimientos tecnológicos de las solicitudes de patentes.

Se incluye igualmente, diversas modalidades de intercambio de experiencias entre funcionarios de las Oficinas de Propiedad Industrial de la Subregión a través de reuniones y pasantías además de seminarios de capacitación.

La coordinación del Proyecto será realizada por el Comité Coordinador de la red de información sobre propiedad industrial. Se ha previsto una duración de 24 meses para el Proyecto, después del cual el mecanismo que se implemente en forma provisional adoptará una forma permanente de operación.

Proyecto V: Información tecnológica contenida en las patentes registradas en la Subregión.

El Proyecto está orientado a la recuperación y difusión de la información tecnológica contenida en las memorias descriptivas y reivindicaciones de las patentes registradas en la Subregión.

Además de la recopilación de patentes registradas durante los últimos diez años, se procederá a indicar el material seleccionado y a preparar una publicación de resúmenes del contenido de las patentes por ramas de producción. El Proyecto incluye una etapa de difusión de los resultados.

El trabajo será efectuado por las Oficinas de Propiedad Industrial de la Subregión con asesoramiento especializado y bajo las órdenes del Comité Coordinador de la red de información sobre propiedad industrial. Se ha previsto una duración de 24 meses que incluye el diseño de un mecanismo permanente de actualización.

Proyecto VI: Inventario de la oferta local de tecnología comerciable.

El Proyecto tiene por objeto contribuir a la difusión de las tecnologías desarrolladas dentro de la Subregión, así como al diseño de un esquema metodológico para la identificación y evaluación de dichas tecnologías.

El trabajo será realizado por ramas industriales en las que se identificará a las empresas potencialmente exportadoras de tecnologías, a las cuales se evaluará su capacidad de comercializar prestaciones tecnológicas, tales como activos tecnológicos, servicios de ingeniería, consultoría y diseño, y servicios técnicos.

Se incluye la publicación y difusión de los perfiles técnicos de las empresas con potencial para comercializar tecnologías.

El trabajo será realizado por los Centros de Información Técnica a los que cada país les asigne esta función, debiendo obtenerse la colaboración de las asociaciones o gremios de industriales.

La información se obtendrá a través de una modalidad de encuesta abierta sometida a consideración de los responsables de las empresas seleccionadas. Se ha previsto una duración de 18 meses para la ejecución del Proyecto.

Proyecto VII. Búsqueda y difusión de alternativas tecnológicas.

El Proyecto se orientará a la elaboración de perfiles industriales que contengan la mayor cantidad posible de alternativas tecnológicas para lo cual se deberá realizar búsquedas específicas.

Para la realización del Proyecto se efectuará una selección de ramas industriales prioritarias para el proceso de integración y luego de la búsqueda de alternativas se elaborará y publicará una guía sobre ofertas de tecnologías disponibles a nivel mundial.

El trabajo será realizado con la participación de las unidades que integran las redes sectoriales de información tecnológica, incluyéndose viajes de observación cuando ello sea necesario.

Se ha previsto una duración de 24 meses para la ejecución de este Proyecto.

Proyecto VIII. Elaboración del Reglamento y de las normas de clasificación e intercambio de información.

El Proyecto permitirá precisar la organización y funciones de los órganos del Sistema y elaborar un conjunto de normas que definan las relaciones que existen entre las unidades nacionales participantes así como las acciones que deben ser realizadas por la Junta del Acuerdo de Cartagena a través de la Secretaría del Sistema. Todo ello estará contenido en el Reglamento que será propuesto para la aprobación al Comité Directivo.

Además se estudiarán normas para uniformar criterios de clasificación y búsqueda de información tecnológica, por parte de las unidades integrantes de las redes de información del Sistema. Igualmente se estudiará el establecimiento de un mecanismo de compensación de costos incurridos en el intercambio de información a nivel Subregional y el diseño de una modalidad de transporte regularizado para tal fin.

El trabajo consistirá en un diagnóstico de las modalidades y criterios de clasificación y búsqueda de información tecnológica que tienen las unidades integrantes de las redes de información del Sistema. Además, se analizará la capacidad existente en dichas unidades, para efectuar intercambios internacionales de información para proponer una metodología de fijación de tarifas y un reglamento de un fondo de compensación.

Durante la realización del estudio, se efectuarán reuniones de coordinación con las entidades responsables de los países.

Proyecto IX: Inventario de documentos nacionales.

El Proyecto tiene por objeto la racionalización de los gastos de investigación y desarrollo en los países de la Subregión y la valorización de los esfuerzos ya realizados a través de la difusión de sus resultados.

Se estudiará la disponibilidad de información científica y tecnológica generada internamente para luego realizar una selección y la preparación de los listados correspondientes que serán difundidos dentro y fuera de la Subregión.

El trabajo será realizado por Centros de Información especializados de la Subregion y tendrá una duración de 18 meses.

IV. ACCION FUTURA

Luego de aprobada la Decisión 154, la Junta del Acuerdo de Cartagena desarrolló diversas acciones, orientadas a la puesta en marcha del Sistema Andino de Información Tecnológica y del Programa para su establecimiento progresivo. Es así que se ha obtenido por parte del Fondo Provisional de las Naciones Unidas para la Ciencia y la Tecnología para el Desarrollo, la aprobación de un aporte de US$ 1.452.410 para financiar las necesidades de recursos externos que habían sido previstas para la ejecución de los proyectos.

De otra parte, los Países Miembros contribuirán con recursos equivalentes a US$ 3.126.750 y la Junta aportará de sus recursos ordinarios US$ 246.980 durante el período de tres años en que se ejecutará el Programa aprobado.

Culminada de esta forma la etapa de preparación y adopción de acuerdos, corresponde ahora a las instituciones de los Países Miembros involucrados en los proyectos y a la Junta del Acuerdo de Cartagena, llevar a la práctica el establecimiento progresivo del Sistema Andino de Información Tecnológica, para lo cual deberán ejecutar las distintas acciones previstas y, en caso de ser necesario efectuar los correctivos convenientes para alcanzar los objetivos previstos.

Al cabo de la primera etapa del desarrollo de las actividades conjuntas se podrá demostrar que:

a)     Somos capaces de alcanzar objetivos de integración institucional en áreas específicas de la actividad subregional,

b)    Es posible mejorar la capacidad de las instituciones de información tecnológica de menor desarrollo relativo y progresar conjuntamente;

c)     Los conocimientos tecnológicos generados localmente por los países andinos pueden constituirse en verdaderas alternativas para la Subregión y para otros países en desarrollo; y

d)    Se puede integrar gradualmente a los sistemas nacionales de información técnica en un nivel subregional, para posteriormente operar conjuntamente al nivel regional e internacional.

NOTAS

1) La Decisión 24 fue aprobada en 1970 y fue puesta en vigencia por los Países Miembros en 1971 y la Decisión 84 fue aprobada en 1974. Venezuela se adhirió al Acuerdo de Cartagena y puso en vigencia la Decisión 24 en 1973. Chile fue Miembro del Acuerdo de Cartagena hasta 1976.

2) Véase Artículo 23 de la Decisión 84.

3) Gustavo Flores Guevara, Contribución del ITINTEC al desarrollo de una capacidad tecnológica nacional, en Investigación Tecnológica Industrial en el Perú, ITINTEC Lima, octubre 1975.

4) Actualmente se encuentra en ejecución los PADT en el área del Cobre {Decisión 86 y 87), en el área de los Recursos Forestales Tropicales {Decisión 89) y en el área de los Alimentos (Decisión 126). Además, se están preparando PADT en el área de Carbones y de Tecnología para el Medio Rural.

5) Raúl Barnett, Luis Gustavo Florez Estrada y otros, Desagregación Tecnológica de Proyectos. COLCIENCIAS, Bogotá, abril 1978.

6) Germán Framiñan, Pierre Gonod y Carlos Martínez Vidal. Información para la Transferencia de Tecnología como proceso que estimula el desarrollo tecnológico, en Comercio Exterior. vol. 26, Num. 10, México, octubre 1976.

Luis Soto Krebs, Algunas Ideas con respecto a un Sistema de Información para los países del Grupo Andino, Junta del Acuerdo de Cartagena, junio 1975.


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