ISSN-L: 0798-1015 • eISSN: 2739-0071 (En línea)
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Vol. 43 (06) 2022 • Art. 7
Recibido/Received: 02/05/2022 Aprobado/Approved: 13/06/2022 Publicado/Published: 15/06/2022
DOI: 10.48082/espacios-a22v43n06p07
Doctorados y Maestrías en Investigación y de Profesión. Una
distinción necesaria y largamente olvidada en Venezuela
Doctorates and Masters in Research and Profession. A necessary and long-forgotten
distinction in Venezuela
BIFANO, Claudio
1
Resumen
Se hace un análisis sobre el desarrollo de los estudios de cuarto nivel en Venezuela, desde sus orígenes
hasta los años recientes, tomando en cuenta el papel de las Universidades y la influencia que tuvo el
Consejo Nacional de Investigaciones Científicas CONICIT en su concepción. Se hace referencia a la
Normativa que regula la creación y acreditación de los postgrados en Venezuela y sobre esa base se
propone la distinción entre programas de postgrado para la investigación y postgrados de
profesionalización a los niveles de Maestría y Doctorado.
Palabras clave: normativa de postgrados, doctorado y maestria, propuesta
Abstract
An analysis is made of the development of fourth level studies in Venezuela, from its origins to recent
years, taking into account the role of the Universities and the influence that the National Council for
Scientific Research CONICIT had in its conception. Reference is made to the Regulations that regulate
the creation and accreditation of postgraduate courses in Venezuela and on that basis, the distinction
between postgraduate programs for research and postgraduate courses for professionalization at the
Master's and Doctorate levels is proposed.
Key words: regulation of postgraduate, doctorate and master's degrees, proposal
1. Antecedentes
Los estudios de postgrado en Venezuela se remontan a la década de 1940 y en sus inicios, respondieron que a
una demanda social reflejada en la necesidad de resolver problemas de ingeniería, de salud y a la aplicación de
las leyes; su función era la de formar profesionales capaces de construir el país. En 1941 se iniciaron actividades
formales de postgrado en la Universidad Central de Venezuela con el curso de Médicos Higienistas, uno de los
primeros en Latinoamérica, que se venían desarrollando desde 1937, gracias a la iniciativa del recién creado
Ministerio de Sanidad y Asistencia Social. (Portal Facultad de Medicina UCV). Poco después se integraron las
especializaciones en psiquiatría, venereología, tisiología, puericultura y pediatría, etc., que reforzaban la misión
1
Universidad Central de Venezuela. cbifanor@gmail.com
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de la Universidad de fomentar la ciencia en sus aspectos de investigación y aplicación” (Ley de universidades,
1970) .
La proliferación de cursos de postgrado comenzó en los años setenta por iniciativa de personas o grupos de
profesores, con formación de postgrado que regresaban al país después de realizar estudios en Universidades
muy reconocidas de distintas partes del mundo que asumieron, en buena medida por iniciativa propia, el
compromiso de desarrollar su disciplina a imagen del modelo que habían conocido.
Esta forma de crecimiento no solo fue permitida, sino también favorecida por las Universidades y se benefició
con la creación del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Tecnológicas CONICIT, cuya política era
aumentar la productividad científica del país, medida por el número de trabajos científicos publicados en revistas
especializadas y arbitradas. Así, los estudios de Maestría y Doctorado fueron vistos por CONICIT, que era su
principal fuente de financiamiento, como una forma de producir ese efecto a través de las publicaciones que se
producían de las tesis de grado. Esto aunado al programa de becas de la misma Institución para seguir estudios
de doctorado con una fuerte base en investigación básica (o en el mejor de los casos básica orientada) contribuía
al desarrollo de la política que el CONCIT había planteado para crear la comunidad científica venezolana. (2)
Por estos motivos todo el reconocimiento de las universidades y el financiamiento de CONICIT lo recibieron los
programas de maestría y doctorado. Y a diferencia de lo que ocurría en la década de los cuarenta, cuando los
estudios de postgrado, repito, se concebían como la forma de dar respuesta a problemas o necesidades que
planteaba la sociedad, la mayoría de los estudios de postgrado de la década de los setenta en adelante, fueron
vistos esencialmente como un medio para mejorar el posicionamiento de nuestra ciencia en las estadísticas
internacionales más que en su posible uso orientado a aspectos cercanos a alguna demanda social.
Una afirmación general, que aún se ha mantenido en algunos medios académicos, es que los estudios de
postgrado, per se y en cualquiera de sus niveles, forman investigadores que por haber recibido un entrenamiento
especializado estaban, en principio, en capacidad de entender y enfrentar un problema de investigación mas que
formar profesionales calificados en diferentes disciplinas.
2
No cabe duda que el trabajo realizado en muchas Universidades e Institutos de Investigación ha producido
importantes resultados en investigación y formación de profesionales para la ciencia. Puede decirse que el
sistema nacional de postgrado que se conformó con el aumento del número de programas de postgrado
contribuyó a mejorar en calidad y cantidad la investigación en el país y robustecer la docencia superior; y esto
no es poco decir. Adicionalmente -y es importante recalcarlo- se logró que por iniciativa del Consejo Nacional
de Universidades se produjera La Normativa General de los Estudios de Postgrado para las Universidades e
Instituciones debidamente autorizadas por el Consejo Nacional de Universidades
3
(gaceta-oficial-37328) que
regulaba y evaluaba la oferta de estudios de postgrado en el país.
2
El Consejo de Investigaciones Científicas y Tecnológicas CONICIT se creó el 13 de julio de 1968 siguiendo directrices de organismos internacionales
como una Institución del Estado encargada de promover, planificar y financiar la actividad científica en Venezuela. Fue responsable de las políticas de la
ciencia y para la ciencia y el ente financiador de los programas relacionados con esa materia. Uno de sus mayores logros fue el de haber contribuido a la
conformación de una comunidad científica que alcanzo reconocimiento nacional e inter nacional.
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2. La situación actual
Debido al reconocimiento académico y social que se le ha dado a las Maestrías y los Doctorados y la posibilidad
de obtener financiamiento del Estado para su mantenimiento y desarrollo, las Universidades han preferido
presentar sus ofertas de postgrado a esos niveles. Pero habiendo sido concebidas las maestrías y los doctorados
como grados basados en la producción de conocimiento, es decir la investigación para producir conocimiento
nuevo, se ha hecho independientemente del área en que estos programas han sido propuestos, de los objetivos
que persiguen y soslayando el análisis de las condiciones y posibilidades que tiene las Instituciones educativas
de hacer investigación entendida como la búsqueda de conocimiento nuevo, reconocido y aceptado
internacionalmente. Esto no ha ocurrido en todas las Universidades, pero sí en un número considerable de ellas.
La maestría, según esta visión, tendría una calificación intermedia respecto de los estudios de postgrado. A la
especialización, excepto en el área de la medicina y alguna de otras disciplinas, se le ve como el nivel de menos
prestigio, al cual, inclusive en las universidades hasta hace poco tiempo, se le ha prestado poca atención, y aún
no se le considera como estudios válidos para fines de ascenso de escalafón universitario. Y, además, ningún
organismo oficial o universitario financia su enseñanza ni ofrece becas para esos estudios.
Pero la realidad es otra, y aún a riesgo de repetir una verdad de Perogrullo, hay que insistir en que la Normativa
de Estudios de Postgrado establece claramente que los estudios de postgrado contemplan dos objetivos: la
formación de profesionales que se dediquen a la investigación y la formación de profesionales para el uso del
conocimiento y no para su generación. (Ibídem.)
La Normativa vigente establece que el grado de Especialista se obtiene al haber aprobado un determinado
número de créditos y realizado un Trabajo Especial de Grado; y que el trabajo Especial es una actividad de
adiestramiento o de investigación que demuestre el manejo instrumental de los conocimientos…”. Como
requisitos de la Maestría, se exige que, además de los créditos aprobados, el estudiante realice un Trabajo de
Grado destinado al análisis profundo y sistematizado (del área específica del conocimiento) y a la formación
metodológica para la investigación”. Finalmente, el requisito fundamental del Doctorado, además de la
aprobación de los créditos establecidos, es la realización de una Tesis que constituya “un aporte original
relevante a la ciencia, la tecnología o a las humanidades y debe reflejar la formación científica y humanística del
autor. “ . Pueden apreciarse, pues, claramente, dos vertientes: una que privilegia la formación de profesionales
que aplican el conocimiento y otra que tiende hacia la formación de profesionales para la investigación.
La dificultad fundamental que enfrentan muchas Universidades cuando ofrecen estudios de Maestría o
Doctorado estriba, por supuesto, en la investigación para la generación de conocimiento nuevo, que exige la
razón de ser aceptada de las Maestrías y los Doctorados, que es la de formar profesionales para la investigación.
En muchos casos no existen líneas de investigación bien definidas y no hay, o hay pocos, profesores que puedan
demostrar productividad científica basada en los indicadores que establece la Normativa. Pero la valorización
social de los grados académicos de Magíster y Doctor hace que esa sea la oferta que, por ser atractiva, justifica
la inversión de las Instituciones para su implementación, lo cual muchas veces conduce a una irremediable
mediatización de los requisitos (de investigación) que establece la Normativa.
Ejemplo de esto último lo encontramos en áreas como Gerencia Empresarial, Gerencia de Proyectos Industriales,
Planificación para el Desarrollo del Turismo, Gerencia Tributaria de la Empresa, Contaduría, Enfermería y muchas
más, que universidades públicas y privadas proponen como Maestrías, e incluso como Doctorados, a pesar de
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que es difícil que puedan responder a una "...formación metodológica para la investigación", según lo que está
aprobado en la Normativa de los Estudios de Postgrado, como exigencia de las propias Universidades.
No se puede decir que estas no sean áreas de interés para muchos dadores de trabajo y para muchos jóvenes.
También es necesario recordar que las directrices que establecieron hace ya muchos años la orientación y el
significado de los estudios de postgrado fueron dadas por profesores investigadores de las ciencias básicas y
que indicadores de calidad y pertinencia del postgrado que permanecen reflejados en la Normativa, son los que
mejor se ajustan a las ciencias básicas.
En vista de todo esto, parecería conveniente repensar el sistema de postgrado tal como lo hemos concebido,
para que las dos orientaciones de esos estudios: la aplicación de conocimiento y la generación de nuevo
conocimiento, se desarrollen de manera armónica, hasta el máximo grado académico, es decir, el Doctorado.
3. Aspectos a considerar en la Normativa de Postgrado
La Normativa, con las modificaciones y actualizaciones que ha tenido desde su puesta en práctica, ha sido la guía
de las Universidades en el proceso de desarrollo del cuarto nivel de educación, al indicarles los componentes
académicos esenciales para poder crear un curso de postgrado y recibir, en su momento, la credencial de
acreditación.
Los artículos más relevantes al tema que nos interesa en esta ocasión son los siguientes:
El artículo N.º 1 que establece que...
"Se entiende por estudios de Postgrado, toda actividad que tenga por objeto elevar el nivel académico y de
desempeño profesional de los egresados del sub-sistema de Educación Superior".
El artículo N. º 4 que determina la finalidad de los estudios de Postgrado de la manera siguiente.
a) Profundizar la formación de los profesionales universitarios que respondan a la demanda social en campos
específicos del conocimiento y del ejercicio profesional.
b) Formar investigadores que sirvan a los altos fines del desarrollo de la ciencia y la tecnología en el país.
Este es el artículo que indica claramente que los estudios de postgrado se orientan en dos vertientes
perfectamente reconocibles: una de formación de profesionales para el "ejercicio de la profesión" y otra para la
formación de potenciales “profesionales para la investigación"
En la primera se forman los profesionales que, a través de sus estudios de Especialización, han logrado un
dominio del conocimiento más actualizado del área y el entrenamiento que les permite usarlo de manera
adecuada y en la segunda los que han recibido, a través de sus estudios de Maestría o de Doctorado, una
formación académica basada en la investigación y un entrenamiento que los capacita para la generación de
nuevos conocimientos.
En la formación de profesionales para la investigación se diferencian dos niveles de diferente grado de
profundización: Maestría y Doctorado - en la de profesionalización propiamente dicha hay uno solo, el de
Especialista, independientemente del grado de exigencia que las especializaciones por área del conocimiento
puedan tener.
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El otro Artículo de la Normativa, importante para los fines de esta presentación es el N.º 27, que define los
estudios de doctorado. Dice textualmente: Los estudios de doctorado tienen por finalidad la capacitación para
la realización de trabajos de investigación original que constituya un aporte significativo al acervo del
conocimiento en un área específica del saber. Estos estudios conducen al título de Doctor”.
Por otra parte el Artículo N.º 28 establece que La Tesis doctoral debe constituir un aporte original relevante a
la ciencia, la tecnología o las humanidades y reflejar la formación humanística y científica del autor...”
Estos dos artículos establecen, por lo tanto, que el grado de Doctor es accesible solamente a quienes deseen ser
investigadores de carrera. En consecuencia al momento de evaluar los programas de doctorado se exige la
presentación de productividad de investigación del personal docente y de investigación, líneas de investigación
activas, publicaciones en revistas de alto impacto, infraestructura para la investigación, etc.
4. La propuesta
En los países cuyos sistemas de postgrado hemos adoptado, el doctorado tiene una orientación exclusivamente
académica solo cuando el titulo otorgado es el Ph. D. ó D.Phil. Doktor Rerum Nature (doctor en filosofía),
mientras que cuando los estudios hacen más énfasis en la práctica profesional, los títulos de doctor se otorgan
en reconocimiento de que se ha completado una formación académica adecuada para la práctica de la profesión.
Estos son los doctorados profesionales; por ejemplo, el doctor en medicina, en ingeniería, en economía, etc. En
vista del aumento creciente de la demanda de profesionales con formación de postgrado, parecería conveniente
que las dos orientaciones de los estudios de postgrado (aplicación de conocimiento y generación de nuevo
conocimiento) se desarrollasen hasta el máximo grado académico posible, es decir, el Doctorado.
La propuesta concreta es que los postgrados de orientación profesional, contemplen los grados de Especialista,
Magíster Profesional -con la mención del área específica- y el de Doctor, con la mención de la profesión
correspondiente: Ingeniería, Medicina. Economía, etc. Por su parte los postgrados orientados a la formación de
investigadores contemplen los grados de Magíster en Ciencia y de Doctor en Ciencia, con las menciones
correspondientes.
Los Grados académicos serian en consecuencia los siguientes:
En Áreas profesionales: Magíster Profesional con la mención correspondiente
Doctor en la profesión correspondiente
En Áreas de la Ciencia: Magíster en el área correspondiente
Doctor en Ciencia en el área correspondiente
Esto no quiere decir que los Doctorados en Ciencia estarían circunscritos exclusivamente a las ciencias básicas,
también estudios de postgrado en Ingeniería, Medicina y cualquier otra rama del conocimiento, cuyo programa
contemple la investigación como una herramienta fundamental de la formación académica y que orienten
metodológicamente a los estudiantes hacia la búsqueda de nuevo conocimiento, serían programas de Doctorado
en Ciencia, con la mención correspondiente al área. Por ejemplo, se puede pensar en un Doctor en Ciencias,
Mención Ingeniería o Medicina. Lo que habría que demostrar, en estos casos, al igual que ocurre con las ciencias
básicas, es que el programa está basado en líneas de investigación, que hay una productividad científica que
permite la realización de una tesis doctoral y que la Institución que los ofrece disponga de todos los demás
recursos académicos indispensables.
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Resumiendo, tal como ocurre en muchos otros países que tienen una estructura de postgrado similar a la que
nosotros hemos adoptado, la Especialización (o Maestría Profesional) y el Doctorado de Profesión serían los dos
niveles de la primera vertiente que conducen a la consecución de grados académicos y la Maestría y el Doctorado
en Ciencia serían los dos grados correspondientes a la segunda vertiente, también conducente a grados
académicos.
Orientaciones del Doctorado
Se propone que “De acuerdo con su propósito específico, los estudios de postgrado se clasificarían en:
Estudios conducentes a grado académico:
En el nivel profesional:
a.- Maestría Profesional
b.- Doctorado de Profesión
En el área de ciencias:
a.- Maestría en Ciencias
b.- Doctorado en Ciencias.
Al referirnos a los estudios de doctorado, de acuerdo a las ideas plasmadas en la Normativa vigente, tendríamos
que:
Los Estudios de Doctorado en Ciencias tienen por finalidad la capacitación de personal para la realización
de trabajos de investigación originales que constituyan aportes significativos al acervo del conocimiento
en un área especifica del saber. Estos estudios conducen al grado de Doctor en Ciencias”.
“Los Estudios de Doctorado de Profesión tienen por finalidad asegurar a los estudiantes el dominio del
conocimiento más actualizado del área y su capacitación para hacer uso efectivo y adecuado del mismo de
acuerdo a estándares internacionales”.
Los requisitos necesarios para la obtención del Doctorado en Ciencias son los que contempla la Normativa
vigente.
Los requisitos para la obtención del Doctorado de Profesión podrían concebirse según sugerencias como las que
siguen:
Para el Doctorado de Profesión será indispensable:
1.- El cumplimiento de actividades previamente aprobadas y consideradas por el organismo de coordinación del
Programa respectivo y aprobadas por el Consejo Universitario u organismo equivalente, a proposición del
organismo de coordinación de Postgrado. Estos estudios deben ser equivalentes como mínimo a 45 créditos.
Así mismo deberá realizar un Trabajo Profesional de Innovación, Desarrollo, o Aplicación que produzca mejoras
sustanciales con resultados comprobables, en una Institución de Educación Superior, Centro de Investigación y
Desarrollo o Empresa de producción de bienes o servicios, del sector público o privado.
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2.- La presentación, defensa y aprobación de una Tesis Doctoral, en examen público conforme a lo señalado en
el Artículo 160 de la Ley de Universidades y a las disposiciones del presente reglamento.
La Tesis constituirá un aporte relevante que ponga de manifiesto experticia en un área específica del
conocimiento, que evidencie:
a) la aplicación de nuevo conocimiento, b) innovación, c) desarrollo tecnológico,
d) adecuación de un conocimiento.
e) será el producto de un proyecto realizado preferiblemente entre la Universidad y alguna organización de
producción de bienes o servicios especializados; será dirigido y supervisado por dos Tutores: uno profesor
universitario y otro especialista del Centro en que se realiza la tesis o parte de ella y deberá reflejar la formación
profesional del autor y su capacidad de aplicar el conocimiento adquirido.
f) será elaborada expresamente para la obtención del doctorado bajo la dirección de uno o más tutor (es) y
presentada y defendida ante un Jurado nombrado al efecto por la Universidad en los plazos que establezca la
Universidad respectiva.
5. A manera de conclusión
A pesar de que esta propuesta fue presentada en nombre del Consejo Consultivo Nacional de Postgrado ante el
Núcleo de Vicerrectores Académicos y el Nuecero de Autoridades de Postgrado del Consejo Nacional de
Universidades, fue presentada en Consejos de Postgrado de varias Universidades, en seminarios, conferencias y
artículos de varias revistas, no llegó a interesar a los directivos de los organismos académicos nacionales y fue
ignorada por todas las instancia de toma de decisiones académicas. En estos momentos, dadas las políticas del
Ministerio de Educación Universitaria, el Consejo Consultivo ha dejado de tener la influencia que tuvo en el
pasado para evaluar y acreditar la oferta de las Universidades sobre estudios de cuarto nivel, este asunto se ha
dejado de lado.
Nosotros, sin embargo creemos que es muy importante retomar esta discusión y valorar las diferentes
modalidades de los postgrados para que cumplan su función de mantener las competencias profesionales para
elevar la calidad de la actividad laboral y la formación academia de profesionales que puedan dedicarse a la
generación de nuevos conocimientos y que además sean impulsores de una educación superior avanzada de
carácter innovativo que este en concordancia con las exigencias actuales de la sociedad.
Referencias bibliográficas
Ley de universidades (1970). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, N° 1.429 Extraordinario
de fecha 8 de septiembre de 1970.
La Normativa General de los Estudios de Postgrado para las Universidades e Instituciones debidamente
autorizadas por el Consejo Nacional de Universidades (2001). Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela No. 37328 de fecha 20 de noviembre de 2001.
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