Espacios. Vol. 26 (1) 2005


Editorial

P

roducto de las largas negociaciones que se dieron en la llamada Ronda de Uruguay del Acuerdo General de Aranceles y Comercio (GATT) y que culminaron con el acuerdo suscrito en Marrakech (Marruecos) por la Organización Mundial de Comercio (OMC), surgió el llamado Acuerdo sobre los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC). Dicho instrumento legal es, según opinión de muchos expertos en el área, el convenio de más relevancia suscrito en la materia en los últimos 100 años. Desde la firma del Convenio de París en 1883 y del Convenio de Berna en 1886, no se había logrado un acuerdo multilateral de tal envergadura que abarque todas las categorías de los derechos intelectuales.

Dada la importancia que reviste el tema de los derechos intelectuales, el presente número de la Revista Espacios incluye dos trabajos de Francisco Astudillo Gómez, cuya lectura recomendamos. En orden inverso, publicamos un extenso documento donde se detalla el proceso de negociación que llevó al ADPIC y donde se analizan las implicaciones que para los países subdesarrollados y especialmente para América Latina tienen el referido acuerdo.

Según el autor, no obstante las criticas a dicho acuerdo que lo señalan por tener origen en los países desarrollados y más particularmente, en empresas transnacionales de los mismos, se reconoce que el mismo ha permitido unificar las legislaciones en muchos aspectos y construir una base o piso normativo para los países miembros, creando un escenario multilateral de negociación que permite más opciones que la relación bilateral entre los países.

El caso específico de las “indicaciones geográficas” para individualizar productos en el comercio es el tema del otro artículo de Astudillo que incluimos en la Revista. En dicho trabajo se analizan las “denominaciones de origen” y las “indicaciones de procedencia” fundamentalmente en referencia a la Decisión 486 de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) y a las disposiciones sobre las mismas previstas en el ADPIC.

De acuerdo con el autor “las indicaciones geográficas constituyen un acicate para la producción, en particular las denominaciones de origen. En el caso de los productores venezolanos beneficiados tienen en sus manos un instrumento de competencia extraordinario que les permitirá mejorar y mantener la calidad de sus productos, lo que a la par les abrirá nuevos mercados.”

El Editor


Vol. 26 (1) 2005
[Indice]